
Dichos cobros procedían del Centro Rey Juan Carlos I de España y del Centro Derecho y Seguridad, ambos de la Universidad de Nueva York, donde participó en actividades docentes y de investigación. Entre otras cosas, organizó unos coloquios.
Concretamente, el magistrado percibió gastos de viaje por valor de 21.152 dólares por gastos de viaje, además de otros 21.650 dólares destinados por ese centro para pagar la matrícula de la hija de Garzón en la Escuela Internacional de Naciones Unidas.
Asimismo percibió, en "concepto de sueldo" otros 160.333,14 dólares del Centro de Derecho y Seguridad. En total, el dinero ronda los 262.000 euros al cambio de entonces. El Supremo subraya que "no consta que el CGPJ tuviese en ningún momento conocimiento de que la actividad de docencia e investigación de Garzón fuese a ser retribuida en concepto de sueldo mediante nómina", ya que el juez no informó de que iba a cobrar ni durante la estancia en la que inicialmente pidió la licencia de estudios ni cuando con posteridad solicitó la prórroga de esa licencia. Tampoco pidió la compatibilidad de actividad.
"Tal situación cabe estimarla como determinante de consecuencias jurídicas y económicas", afirma el Supremo citando de manera expresa el artículo 417.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sanciona como falta disciplinaria muy grave faltar a la verdad en la solicitud de permisos y declaraciones de compatibilidad.
Por ello, la Sala Penal acuerda enviar una copia de su investigación al órgano de gobierno de los jueces "a los efectos que dicho consejo estime pertinentes". O sea, que le van a abrir un expediente a este Robin Hood de guardarropía que, lejos de impartir justicia con los ojos cerrados, lo que está es poniéndose ciego de ganar pasta.
Enlace de la resolución del Tribunal Supremo:
http://www.libertaddigital.com/fotos/noticias/auto-supremo-garzon-nuevayork.pdf
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